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CLUB CLAN 2000, S.L. dispone de la garantía por insolvencia establecida para los viajes combinados en el art. 252-10 de la Ley 22/2010 del Código de Consumo de Cataluña formalizada a través de la póliza de caución número N5.477.561-Y con la compañía aseguradora SEGUROS CATALANA DE OCCIDENTE SA DE SEGUROS Y REASEGUROS (Avinguda Alcalde Barnils, 63 08174, Sant Cugat del Vallés.
Procedimiento en caso de solicitud de prestación: Contactar al teléfono 902 344 000 o enviar correo a: dac@catalanaoccidente.com..
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO
a) Contratación del viaje combinado
— 1. Información precontractual
1. Antes de que el viajero quede obligado por cualquier contrato de viaje combinado u oferta correspondiente, CLUB CLAN 2000, S.L., entregará al viajero el formulario de información normalizada para los contratos de viaje combinado, así como el resto de características e información del viaje de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
2. Las personas con movilidad reducida que deseen recibir información precisa sobre la idoneidad del viaje de acuerdo con sus necesidades especiales, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las características del mismo, deberán poner en conocimiento de CLUB CLAN 200, S.L., tal situación para que se les pueda facilitar información a tal efecto.
Según lo establecido en el Reglamento CE 1107/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya movilidad para participar en el viaje se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás participantes en el viaje.
3. La información precontractual facilitada al viajero conforme a los apartados a), c), d), e) y g) del artículo 153.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, formará parte integrante del contrato de viaje combinado y no se modificará salvo que CLUB CLAN 2000, S.L. y el viajero lo acuerden expresamente. CLUB CLAN 2000, S.L., antes de celebrarse el contrato de viaje combinado, comunicará al viajero de manera clara, comprensible y destacada, todos los cambios de la información precontractual.
— 2. Información sobre disposiciones aplicables a pasaportes, visados y vacunas
1. CLUB CLAN 2000, S.L. tiene el deber de informar sobre las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, así como sobre las condiciones aplicables a los viajeros en materia de pasaportes y de visados, incluido el tiempo aproximado para la obtención de los visados, y responderá de la corrección de la información que facilite.
2. El viajero deberá obtener la documentación necesaria para realizar el viaje, incluido el pasaporte y los visados y la referida a las formalidades sanitarias. Todos los daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su cuenta, y en particular, los gastos producidos por la interrupción del viaje y su eventual repatriación.
3. Si CLUB CLAN 2000, S.L. acepta el encargo del viajero de tramitar los visados necesarios para alguno de los destinos previstos en el itinerario, podrá exigir el cobro del coste del visado así como de los gastos de gestión por los trámites que deba realizar ante la representación diplomática o consular correspondiente.
En este caso, CLUB CLAN 2000, S.L. responderá de los daños que le sean imputables.
— 3. Información sobre disposiciones aplicables a pasaportes, visados y vacunas
1. Para formalizar un proceso de reserva a través de nuestro sitio web, se deberán seguir los siguientes pasos:
Pulsar botón de reserva, indicar los servicios requeridos por el cliente y añadir los datos del/os pasajeros. Elegir forma de pago (mediante tarjeta de Crédito o bien por transferencia bancaria). Una vez recibido el pago en nuestra cuenta, se envía un correo electrónico con la confirmación de Servicios, precio del viaje y condicionado del seguro de viaje (si se ha contratado). Una vez realizado el pago íntegro del viaje, se procede al envío de documentación de viaje por correo electrónico.
2. Si CLUB CLAN 2000, S.L. ha aceptado gestionar la reserva será responsable de los errores técnicos que se produzcan en el sistema de reservas que le sean atribuibles y de los errores cometidos durante el proceso de reserva.
3. CLUB CLAN 2000, S.L. no será responsable de los errores de la reserva atribuibles al viajero o que sean causados por circunstancias inevitables y extraordinarias.
En este caso, CLUB CLAN 2000, S.L. responderá de los daños que le sean imputables.
— 4. Confirmación de la reserva
1. La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el contrato de viaje combinado es de obligado cumplimiento para ambas partes.
— 5. Calendario de pago
1. En el momento de la confirmación de la reserva el consumidor deberá abonar el 30 % del precio del viaje combinado, salvo que en el contrato de viaje combinado se establezca un importe distinto.
2. El pago del precio restante deberá efectuarse a más tardar 30 días antes de la salida, salvo que en el contrato de viaje combinado se establezca un calendario de pagos distinto.
3. Si el viajero no cumple con el calendario de pagos, CLUB CLAN 2000, S.L. podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para la resolución del viaje por el viajero antes de la salida prevista en la Cláusula 13.
b) Reglas aplicables a las prestaciones del viaje combinado
— 6. Prestaciones
Las prestaciones que integran el contrato de viaje combinado resultan de la información proporcionada al consumidor en la información precontractual y no se modificarán salvo que CLUB CLAN 2000, S.L. y el viajero lo acuerden expresamente según lo previsto en la Cláusula 1.3.
Con antelación al inicio del viaje, CLUB CLAN 2000, S.L. proporcionará al viajero los recibos, vales y billetes necesarios para la prestación de servicios.
— 7. Alojamiento
Salvo que otra cosa se indique en la información precontractual o en las condiciones particulares del contrato:
a) En relación con aquellos países en los que existe clasificación oficial de establecimientos hoteleros o de cualquier otro tipo de alojamiento, el folleto recoge la clasificación turística que se otorga en el correspondiente país.
b) El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas estable-cidas en cada país y alojamiento.
c) Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son generalmente habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser un sofá-cama o un plegatín, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más grandes.
— 8. Transporte
1. El viajero debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por CLUB CLAN 2000, S.L..
2. La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el viajero lleve consigo serán de su exclusiva cuenta y riesgo mientras se encuentren bajo la custodia del viajero
— 9. Otros servicios
1. Por regla general, el régimen de pensión completa incluye desayuno continental, almuerzo, cena y alojamiento. El régimen de media pensión, salvo que se indique de otro modo, incluye desayuno continental, cena y alojamiento. Por regla general, dichas comidas no incluyen las bebidas.
2. Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes especiales) sólo se garantizan si así constan en las necesidades especiales aceptadas por el organizador en el contrato de viaje combinado.
3. La presencia de mascotas sólo será aceptada si así consta en las necesidades especiales aceptadas por el organizador en el contrato de viaje combinado.
c) Derechos y obligaciones de las partes antes del inicio del viaje
— 10. Modificación del contrato
1. CLUB CLAN 2000, S.L. sólo podrá modificar las cláusulas del contrato antes del inicio del viaje si el cambio es insignificante y CLUB CLAN 2000, S.L. informa al viajero de dicho cambio en soporte duradero de manera clara, comprensible y destacada.
2. Si antes del inicio del viaje CLUB CLAN 2000, S.L. se ve obligada a realizar cambios sustanciales de alguna de las principales características de los servicios del viaje o no puede cumplir con algún requisito especial del viajero previamente aceptado, CLUB CLAN 2000, S.L. lo pondrá en conocimiento del viajero sin demora, de forma clara, comprensible y destacada, en soporte duradero y la comunicación deberá contener:
- Las modificaciones sustanciales propuestas y, si procede, su repercusión en el precio.
- Un plazo razonable para que el viajero informe de su decisión.
- La indicación de que si el viajero no comunica la decisión en el plazo indicado se entenderá que rechaza la modificación sustancial y que, por lo tanto, opta por resolver el contrato sin penalización alguna.
- Si CLUB CLAN 2000, S.L. puede ofrecerlo, el viaje combinado substitutivo ofrecido y su precio.
El viajero podrá optar entre aceptar la modificación propuesta o resolver el contrato sin penalización. Si el viajero opta por resolver el contrato podrá aceptar un viaje combinado substitutivo que, en su caso, le ofrezca CLUB CLAN 2000, S.L.. Dicho viaje substitutivo deberá ser, a ser posible, de calidad equivalente o superior.
Si la modificación del contrato o el viaje substitutivo dan lugar a un viaje de calidad o coste inferior, el viajero tiene derecho a una reducción adecuada del precio.
En el caso de que el viajero opte por resolver el contrato sin penalización o no acepte el viaje combinado substitutivo ofrecido, CLUB CLAN 2000, S.L., reembolsará todos los pagos realizados en concepto del viaje, en un plazo no superior a catorce días naturales a partir de la fecha de resolución del contrato. A estos efectos, se aplicará lo dispuesto en los apartados 2 al 6 de la Cláusula 22.
— 11. Revisión del precio
1 Los precios sólo podrán incrementarse por parte de CLUB CLAN 2000, S.L. hasta los 20 días naturales previos a la salida. Además, dicho incremento sólo se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del viaje a las variaciones:
a) De los tipos de cambio de divisa aplicables al viaje organizado.
b) Del precio de los transportes de pasajeros derivado del combustible o de otras formas de energía.
c) Del nivel de los impuestos o tasas sobre los servicios de viaje incluidos en el contrato, exigidos por terceros que no están directamente involucrados en la ejecución del viaje combinado, incluidas las tasas, impuestos y recargos turísticos, de aterrizaje y de embarque o desembarque en puertos y aeropuertos.
2 En el contrato se indicará la fecha en la que se han calculado los conceptos expuestos en el apartado anterior para que el viajero tenga conocimiento de la referencia para calcular las revisiones de precio.
3 CLUB CLAN 2000, S.L. notificará el aumento al viajero, de forma clara y comprensible, con una justificación de este incremento y le proporcionar su cálculo en suporte duradero a más tardar 20 días antes del inicio del viaje.
4 Sólo en el supuesto de que el incremento del precio suponga un aumento superior al 8% del precio del viaje, el viajero podrá resolver el contrato sin penalización. En tal caso será aplicable lo dispuesto en la Cláusula 10.
5 El viajero tendrá derecho a una reducción del precio del viaje por variaciones producidas en los conceptos detallados en los apartados a), b) y c) de la Cláusula 11.1. En tales casos, CLUB CLAN 2000, S.L., de dicha reducción del precio deducirán los gastos administrativos reales de reembolso al viajero.
— 12. Cesión de la reserva
1 El viajero podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones requeridas, en el folleto, programa u oferta de viaje combinado y en el contrato, para realizar el viaje combinado.
2 La cesión deberá ser comunicada, en soporte duradero, a CLUB CLAN 2000, S.L., con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha de inicio del viaje, la cual únicamente podrá repercutir al viajero los costes efectivamente soportados a causa de la cesión.
3 En todo caso, el viajero y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante CLUB CLAN 2000, S.L. del pago del resto del precio, así como de cualquier comisión, recargo y otros costes adicionales que pudiera haber causado la cesión.
— 13. Resolución del viaje por el viajero antes de la salida del viaje
1 El viajero podrá resolver el contrato en cualquier momento previo al inicio del viaje y en tal caso, CLUB CLAN 2000, S.L., podrá exigirle que pague una penalización que sea adecuada y justificable. En el contrato se podrá especificar una penalización tipo que sea razonable basada en la antelación de la resolución del contrato con respecto al inicio del viaje y en el ahorro de costes y los ingresos esperados por la utilización alternativa de los servicios de viaje.
Si en el contrato no se prevé una penalización tipo, el importe de la penalización por la resolución equivaldrá al precio del viaje combinado menos el ahorro de costes y los ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios de viaje.
Por lo que en tales casos, CLUB CLAN 2000, S.L., reembolsará cualquier pago que se hubiera realizado por el viaje combinado, menos la penalización correspondiente.
2 No obstante, si concurren circunstancias inevitables y extraordinarias en el destino o en las inmediaciones que afecten significativamente a la ejecución del viaje o al transporte de los pasajeros al lugar de destino, el viajero podrá resolver el contrato antes de su inicio sin penalización alguna y con derecho a reembolso de todos los pagos a cuenta del viaje que hubiera efectuado
3 Dichos reembolsos o devoluciones, se realizarán al viajero, descontando la penalización correspondiente en el caso del apartado 1 anterior, en un plazo no superior a 14 días naturales después de la terminación del contrato de viaje combinado.
— 14. Cancelación de viaje por el organizador antes de la salida del viaje
Si CLUB CLAN 2000, S.L., cancela el contrato por causas no imputables al viajero, deberá reintegrar la totalidad de los pagos realizados por el viajero en un plazo no superior a 14 días naturales desde la terminación del contrato. CLUB CLAN 2000, S.L. no será responsable de pagar ninguna compensación adicional al viajero si la cancelación se debe a que:
a) El número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al número mínimo especificado en el contrato y CLUB CLAN 2000, S.L., notifica al viajero la cancelación en el plazo fijado en el mismo, que a más tardar será de:
-20 días antes del inicio en caso de viajes de más de 6 días de duración.
-7 días en viajes de entre 2 y 6 días.
48 horas en viajes de menos de 2 días.
a) CLUB CLAN 2000, S.L. se ve en imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica la cancelación al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje combinado.
— 15. Desistimiento antes del inicio del viaje en contratos celebrados fuera del establecimiento
En el caso de contratos celebrados fuera del establecimiento (entendiéndose como tales aquellos definidos en el artículo 92.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007), el viajero podrá desistir del viaje contratado por cualquier causa y sin penalización, con derecho a devolución del precio abonado en concepto del viaje, dentro de los 14 días siguientes a la celebración del contrato.
d) Derechos y obligaciones de las partes después del inicio del viaje
— 16. Deber de comunicación cualquier falta de conformidad del contrato
Si el viajero observa que cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato, el viajero deberá informar de la falta de conformidad a CLUB CLAN 2000, S.L. sin demora indebida, teniendo en cuenta las circunstancias del caso.
— 17. Subsanación cualquier falta de conformidad del contrato y no prestación, según lo convenido en el contrato, de una parte significativa de los servicios de viaje
1 Si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato, CLUB CLAN 2000, S.L., deberá subsanar la falta de conformidad, excepto si resulta imposible o tiene un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios del viaje afectados. En caso de que no se subsane la falta de conformidad será de aplicación lo dispuesto en la Cláusula 22.
2 Si no concurre ninguna de las excepciones anteriores y una falta de conformidad no se subsana en un plazo razonable establecido por el viajero o CLUB CLAN 2000, S.L. se niega a subsanarla o requiere de solución inmediata, el propio viajero podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios a tal efecto.
3 Cuando una proporción significativa de los servicios del viaje no pueda prestarse según lo convenido en el contrato, CLUB CLAN 2000, S.L., ofrecerá sin coste adicional fórmulas alternativas adecuadas para la normal continuación del viaje y, también, cuando el regreso del viajero al lugar de salida no se efectúe según lo acordado.
Dichas fórmulas alternativas, a ser posible, deberán ser de calidad equivalente o superior y si fueran de calidad inferior, CLUB CLAN 2000, S.L. aplicará una reducción adecuada del precio
El viajero sólo podrá rechazar las alternativas ofrecidas si no son comparables a lo acordado en el viaje combinado o si la reducción de precio es inadecuada.
4 Cuando una falta de conformidad afecte sustancialmente a la ejecución del viaje CLUB CLAN 2000, S.L. no la haya subsanado en un plazo razonable establecido por el viajero, éste podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y solicitar, en su caso, tanto una reducción del precio como una indemnización por los daños y perjuicios causados, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 22.
5 Si no es posible encontrar fórmulas de viaje alternativas o el viajero rechaza por no ser comparables a lo acordado en el viaje o por ser inadecuada la reducción de precio ofrecida, el viajero tendrá derecho, tanto a una reducción de precio como a una indemnización por daños y perjuicios, sin que se ponga fin al contrato de viaje combinado, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 22.
6 En los casos detallados en los apartados 4 y 5 anteriores, si el viaje combinado incluye el transporte de pasajeros, CLUB CLAN 2000, S.L. estará también obligada a ofrecer la repatriación al viajero en un transporte equivalente sin dilaciones indebidas y sin coste adicional.
18 Imposibilidad de garantizar retorno según lo previsto en el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias
1 Si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo previsto en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, CLUB CLAN 2000, S.L., asumirá el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches por viajero, salvo que en la normativa europea de derechos de los pasajeros se establezca un período distinto.
2 La limitación de costes establecida en el apartado anterior no será aplicable a las personas con discapacidad o movilidad reducida (tal y como se definen en la Cláusula 1.2 anterior) ni a sus acompañantes, a mujeres embarazadas, a menores no acompañados, ni tampoco a las personas con necesidad de asistencia médica específica, si sus necesidades particulares han sido participadas a CLUB CLAN 2000, S.L., al menos 48 horas antes del inicio del viaje.
19 Deber de colaboración del viajero al normal desarrollo del viaje
El viajero deberá seguir las indicaciones que le facilite CLUB CLAN 2000, S.L. o sus representantes locales para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los viajes en grupo guardará el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.
20 Deber de asistencia de la CLUB CLAN 2000, S.L.
1 CLUB CLAN 2000, S.L. está obligada a proporcionar una asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, especialmente en el caso de circunstancias extraordinarias e inevitables.
2 En concreto dicha asistencia debe consistir en:
a) Suministro de información adecuada de servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular
b) Asistencia al viajero para establecer comunicaciones a distancia y la ayuda para encontrar fórmulas alternativas.
3 Si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero, CLUB CLAN 2000, S.L. podrá facturar un recargo razonable por dicha asistencia al viajero. Dicho recargo no podrá superar los costes reales en los que haya incurrido CLUB CLAN 2000, S.L.
e) Responsabilidad contractual por cumplimiento defectuoso o incumplimiento
21 Responsabilidad de CLUB CLAN 2000, S.L.
1 CLUB CLAN 2000, S.L. responderá frente al viajero tanto si ejecuta ella misma las prestaciones comprendidas en el viaje combinado como si las llevan a cabo sus auxiliares u otros prestadores de servicios.
22 Derecho a reducción del precio, indemnización y limitaciones
1 El viajero tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido una falta de conformidad.
2 El viajero tendrá derecho a recibir una indemnización adecuada de CLUB CLAN 2000, S.L. por cualquier daño o perjuicio que sufra como consecuencia de cualquier falta de conformidad del contrato.
3 El viajero no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si CLUB CLAN 2000, S.L. demuestra que la falta de conformidad es:
a) Imputable al viajero.
b) Imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable.
c) Debida a circunstancias inevitables y extraordinarias.
4 Cuando las prestaciones del contrato de viaje combinado estén regidas por convenios internacionales, las limitaciones acerca del alcance o condiciones de pago de indemnizaciones por los prestadores de servicios incluidos en el viaje aplicarán a CLUB CLAN 2000, S.L.
5 Cuando las prestaciones del contrato de viaje combinado no estén regidas por convenios internacionales: (i) no se podrán limitar contractualmente las indemnizaciones que en su caso pueda corresponder pagar a CLUB CLAN 2000, S.L. por daños corporales o por perjuicios causados de forma intencionada o por negligencia; y (ii) el resto de indemnizaciones que pueda tener que pagar CLUB CLAN 2000, S.L. quedará limitada al triple del precio total del viaje combinado.
6 La indemnización o reducción de precio concedida en virtud del Real Decreto Legislativo 1/2007 y la concedida en virtud de los reglamentos y convenios internacionales relacionados en el artículo 165.5 del mismo Real Decreto Legislativo 1/2007, se deducirán una de la otra a fin de evitar exceso de indemnización.
f) Reclamaciones y acciones derivadas del contrato
23 Ley Aplicable
Este contrato de viaje combinado se rige por lo acordado entre las partes y por lo establecido en estas condiciones generales, en las normas autonómicas vigente y aplicables, así como por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y los usuarios y otras leyes complementarias.
24 Reclamaciones a CLUB CLAN 2000, S.L.
1 Sin perjuicio de las acciones legales que les asisten, los consumidores podrán formular por escrito sus reclamaciones a CLUB CLAN 2000, S.L. por medio de la dirección postal: Provença, 212 08036 Barcelona y/o a la dirección de correo electrónico: atencioncliente@gruppit.com.
2 En el plazo máximo de 30 días, CLUB CLAN 2000, S.L. deberá contestar por escrito las reclamaciones formuladas.
3 Asimismo los consumidores podrán solicitar a CLUB CLAN 2000, S.L. hojas oficiales de reclamación a través de la dirección de correo electrónico: atencioncliente@gruppit.com..
25 Resolución alternativa de conflictos
1 En cualquier momento, el consumidor y CLUB CLAN 2000, S.L. podrán recabar la mediación de la administración competente o de los organismos que se constituyan a tal efecto para hallar por sí mismas una solución del conflicto que sea satisfactoria para ambas partes.
2 En el caso de que el consumidor dirija sus reclamaciones a una Junta Arbitral de Consumo, pese a no estar adherida CLUB CLAN 2000, S.L. al sistema arbitral de consumo, el arbitraje podría celebrarse si CLUB CLAN 2000, S.L. aceptase para el caso concreto la solicitud de arbitraje del consumidor.
No pueden ser objeto del arbitraje de consumo las reclamaciones en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.
En caso de celebrarse un arbitraje de consumo, el laudo que dicte el tribunal arbitral designado por la Junta Arbitral de Consumo resolverá la reclamación presentada con carácter definitivo y será vinculante para ambas partes
26 Acciones judiciales
1 Si la controversia no está sometida a arbitraje de consumo, el consumidor podrá reclamar en vía judicial al Juzgado que corresponda al domicilio del consumidor.
2 Las acciones judiciales derivadas del contrato de viaje combinado prescriben por el transcurso del plazo de dos años.